Los casos de trabajadores tramposos que aprovechan una baja médica para realizar ciertas actividades con su supuesta dolencia son relativamente frecuentes. Cuando estos asuntos llegan a los tribunales, éstos suelen ponerse de lado de la empresa, avalando el despido disciplinario si consideran que el comportamiento del empleado es realmente inadecuado.
Ejemplo de ello es una sentencia del Juzgado nº1 de lo Social de Palencia en la que confirma el cese de una auxiliar de esteticista que, durante una baja médica originada por una tendinitis en el hombro, acudía diaramente al gimnasio y realizaba todo tipo de ejercicios físicos, entre ellos dominadas.
Según recoge el fallo, la trabajadora llevaba en el centro desde 2007. En 2019 comenzó una situación de incapacidad temporal debido a un dolor de hombro que se acentúaba con la movilidad. Fue diagnosticada con tendinitis. Sin embargo, un detective contratado por la empresa constató que la empleada acudía de forma regular a un gimnasio de Palencia especializado en crossfit. Cada vez que iba, solía pasar una hora y media en clase, "sin mostrar o exteriorizar signos de dolor, molestia o impedimento físico, de forma aparente".
Un mes después, la empresa le remitió una carta en la que se le comunicaba su cese disciplinario por trasgresión de la buena contractual.
Vídeos, testigos e informes
Durante el juicio, la defensa de la auxiliar admitió que fue al gimnasio, pero alegó que realizaba un programa específico que le elaboró su entrenador para fortalecer el brazo. En esta línea, negó que hiciera dominadas todos los días y que, en todo caso, esta actividad no era incompatible con su dolencia.
No obstante, el juzgado rechaza estos argumentos y señala que el entrenamiento que mostraba los vídeos del detective "tiene intensidad y requiere esfuerzo en la zona afectada". También se apoya en el testimonio de una de las testigos, que declaró que las dominadas son un ejercicio "muy potente que requiere de mucha fuerza", y estarían desaconsejadas cuando el hombro está inflamado y dolorido, como era el caso.
Asimismo, el tribunal cita dos informes médicos de la mutua de la empresa en el que se recomendó a la trabajadora realizar ejercicio sencillos en casa para potenciar la fuerza. La actividad física intensa en cambio "ralentizarúa la mejoría", advertían los documentos.
Los ejercicios de la auxiliar, por tanto, "no pueden entenderse como rehabilitadores", señala el juez. Y descarta considerarlos como beneficiosos para las dolencias causantes de la baja, al no estar dentro de los pautados por el médico.
Para el juzgado, el comportamiento de la empleada supuso un incumplimiento contractual, "grave y culpable, de transgresión de la buena fe contractual, abuso de confianza y una deslealtad a la empresa". Una conducta que aparece tipificada en el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores como infracción laboral muy grave, por lo que avala el cese disciplinario.
Fuente: Consejo General de Graduados Sociales de España