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UN EXTRACOMUNITARIO TIENE DERECHO A VIVIR EN LA UE SI ES PADRE DE UN MENOR EUROPEO

11 mayo 2017
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) decidió ayer que un ciudadano extracomunitario tiene derecho a residir en la UE si es progenitor de un menor de edad con ciudadanía europea, salvo que el estado miembro demuestre que no existe una relación de dependencia tal que obligaría al pequeño a abandonar el territorio de la UE si se le denegara la residencia a ese progenitor. 

En su sentencia, la corte europea recalca que los tratados se oponen a medidas nacionales que tengan por efecto “privar del disfrute efectivo” del contenido esencial de los derechos que le corresponden a un ciudadano europeo por serlo. La circunstancia de que el otro progenitor sea ciudadano de la UE y pueda asumir por sí solo el cuidado diario y efectivo del menor es un elemento pertinente, admite la resolución, “pero no basta por sí misma” para denegar un permiso de residencia. 

Un país de la Unión Europea podría, por tanto, denegar el derecho de residencia derivado al padre o madre de un niño con nacionalidad de un Estado miembro sólo si demuestra que el menor no tiene una relación dependiente de ese ciudadano extracomunitario. 
 
El caso sobre el que se centra la resolución responde a una consulta de un tribunal holandés, por la situación de una mujer de nacionalidad venezolana de cuya relación con un europeo nació una niña en 2009 con nacionalidad neerlandesa, y residieron en Alemania hasta 2011, año en que la pareja se separó. Las autoridades holandesas denegaron a esta mujer las prestaciones familiares y de asistencia social solicitadas para el cuidado de la menor, a pesar de tener la guardia y custodia de la hija, porque la solicitante no tenía permiso de residencia.

Fuente: Expansión