El equipo del Ministerio de Trabajo y Economía Social ha empezado a preparar la elaboración de un “mecanismo legal”, que seguramente será una “ley de tiempo de trabajo corresponsable” y que tendrá como finalidad que la iniciativa del trabajador para flexibilizar u organizar su jornada tenga más peso que en la actualidad.
Así lo ha explicado el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey tras la presentación de un estudio académico sobre La regulación legal y convencional del tiempo de trabajo elaborado por el Observatorio de la Negociación Colectiva de la Fundación Primero de Mayo y CC OO.
Pérez Rey, que participó en este Observatorio desde su anterior cargo de profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad de Castilla- La Mancha, avanzó que la filosofía de este mecanismo legal sería que la flexibilidad horaria y la organización del tiempo de trabajo no se den solo desde la unilateralidad de la empresa y sus necesidades organizativas y productivas, sino que pudiera hacerse también desde la iniciativa del trabajador.
Aunque el proyecto aún está en un estadio muy inicial –y se planea su aprobación “en el medio plazo”, después de terminar con la primera fase del diálogo social–, el secretario de Estado de Empleo incidió en que se trataría de “dar una perspectiva más amplia” al decreto sobre medidas urgentes de igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo que aprobó en marzo pasado el anterior Gobierno socialista.
En aquella norma se reforzó “el derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral”.
Tras esto, la nueva ley iría algo más allá en este derecho y, según citó el secretario de Estado, también regularía, por ejemplo, las “bolsas de horas” e incorporaría el tiempo de trabajo en los empleos con jornada parcial y “ciertas modalidades contractuales que puedan irse alterando en función de las necesidades que van evolucionando de trabajadores y empresa”.
Sin presencia en los convenios
El estudio sobre esta materia presentado ayer en el Consejo Económico y Social (CES) ha analizado detalladamente 400 convenios colectivos (la mitad sectoriales y la otra mitad de empresa), que afectan a 7,6 millones de asalariados. Sus conclusiones respaldan la intención del Gobierno de regular un uso del tiempo de trabajo corresponsable, al constatar que ni la ley ni la negociación colectiva dan la iniciativa a los trabajadores en materia de jornada.
Así, estos académicos aseguran que en los convenios colectivos estudiados “la flexibilidad horaria no es una herramienta que equilibre los intereses de la empresa y de las personas trabajadoras, al ser el empresario quien dispone de dilatadas facultades sobre esta cuestión”.
A esto añaden que por lo general, la dirección “dispone de amplias facultades para fijar los horarios en la empresa, quedando el uso de la flexibilidad interna condicionada a las exigencias organizativas y al aumento de la productividad, sin tomar en consideración los intereses de las personas que trabajan en la organización”.
Es más, este exhaustivo análisis muestra que "no es común que la negociación colectiva incorpore regulaciones de flexibilidad horaria orientadas a satisfacer intereses y/o necesidades de los trabajadores". Pero, por el contrario, sí es más frecuente que los convenios incluyan "la obligación empresarial de negociar individualmente con los trabajadores que pretendan conciliar vida familiar y laboral en supuestos muy tasados", indican las conclusiones de este estudio.
Fuente: Consejo General de Graduados Sociales de España