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REDUCEN LA CONDENA A UN TRABAJADOR QUE QUISO “DAR UN SUSTO” A SU JEFA

13 mayo 2015
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La venganza de un trabajador despedido puede llegar a límites insospechados. En una reciente sentencia del Tribunal Supremo se recoge el caso de un empleado que llegó a contratar a terceros para que le dieran “un susto” a su exjefa y le robaran. Con este fin les facilitó información sobre los hábitos de la víctima y otros datos referentes a su oficina.

La víctima, que estuvo a punto de morir, fue agredida en su garaje, con un golpe violento en la parte trasera de la cabeza, perdiendo al instante la consciencia. Tras el golpe, los individuos contratados por el trabajador le quitaron sus efectos personales y las llaves de la oficina, en la que entraron y se apoderaron de dinero en efectivo y de tres talonarios de cheques.

La empleadora permaneció inconsciente y gravemente herida hasta que un vecino la encontró y recabó auxilio del servicio de emergencias, sin cuya actuación su vida hubiera corrido serio peligro. La mujer tardó 80 días en curarse, nueve de ellos hospitalizada, quedándole como secuela la pérdida del olfato con alteraciones gustativas.
Todos estos hechos llevaron al Juzgado 44 de Madrid a condenar al extrabajador con una pena de cinco años de cárcel como autor de un delito de tentativa de homicidio y otros dos por robo con violencia, así como una indemnización de 8.000 euros por las lesiones, 10.000 por las secuelas y otros 5.450 por los efectos sustraídos y no recuperados.

Sin embargo, la sentencia del Supremo reduce la pena al entender que la agresión de los individuos contratados “va mucho más allá de lo que ha de entenderse por dar un susto a una persona”. Entiende que se excedieron, dando “un salto cualitativo entre la magnitud del encargo que les hizo el acusado y la acción que realmente acabaron realizando”, y explica que no queda probado que el riesgo tan grave de homicidio fuera conocido o asumido por el trabajador.

Fuente: Expansión

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