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MUJER Y EMPLEADA EN EL SECTOR SERVICIOS, PRINCIPAL AFECTADA POR EL DESPIDO POR BAJAS MÉDICAS

17 febrero 2020
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El Ministerio de Trabajo y Economía Social llevará al Consejo de Ministros del próximo martes, día 18, la derogación del artículo que posibilita el despido por absentismo laboral aunque esté justificado.

Mujer, del sector servicios y de edad avanzada es el perfil principal de las personas afectadas por la aplicación de un artículo del Estatuto de los Trabajadores que permite el despido por encadenar bajas por enfermedad y que el Gobierno prevé derogar en el Consejo de Ministros del martes.

Se hará a través de un decreto ley que borrará el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, un apartado que existe desde que se aprobó la norma en 1980, aunque fue modificado en las reformas laborales de 2010 y 2012 para facilitar el uso de este tipo de despido objetivo ligado al absentismo.

Desde que anunció la medida, la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha justificado que la derogación no se ha sometido a negociación con los agentes sociales (patronal y sindicatos) porque "no se puede dialogar cuando hay vulneración de los derechos fundamentales".

La ministra ha asegurado que no ha habido "ningún reparo" en el ámbito político a la eliminación de este artículo, por lo que da por hecha la convalidación de la norma en el Congreso.

Se trata del primer paso que da el Gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos en su intención de derogar los aspectos más lesivos de la reforma laboral, algo que pretende hacer con consenso social y para lo que ya ha abierto una mesa de negociación que se reúne todos los viernes desde hace tres semanas.

El artículo 52.d avala el despido objetivo "por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5 % de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses".

Originalmente el artículo permitía este despido siempre que el índice de absentismo total de la plantilla superase el 5 % en los mismos periodos de tiempo, una tasa que la reforma de 2010 bajó al 2,5 % y que la de 2012 eliminó.

Aunque la posibilidad de despedir por faltas de asistencia al trabajo ha estado vigente desde 1980, fue la sentencia del pasado octubre del Tribunal Constitucional -que rechazó un recurso de inconstitucionalidad contra este precepto- lo que hizo movilizarse a los sindicatos.

Desde entonces, CCOO y UGT han llevado a cabo movilizaciones para exigir al nuevo Gobierno que, de manera urgente, derogara este cambio de la reforma laboral, porque permite el despido de personas "cuyo único delito es tener una enfermedad, una baja justificada por un médico".

Además, alertaron de que estaban detectando un "efecto llamada" en los empresarios que comenzaban a acogerse a esta posibilidad para hacer despidos, avalados por la sentencia.

Para la secretaria confederal de UGT Isabel Araque, la sentencia del Constitucional actuó como un "detonante" al mostrar cómo la ley permite "anteponer la libertad económica de las empresas a los derechos de los trabajadores", y reflejó la situación que sufrían muchos de ellos por el mero hecho de enfermar.

Se trata, explica Araque en declaraciones a Efe, de un artículo que impacta más sobre aquellos trabajadores más vulnerables, como son las mujeres principalmente, empleadas en empresas de servicios y dedicadas a contact center, dependencia, limpieza o cadenas de producción en línea.

Coinciden en estas personas la repetición rutinaria de movimientos, lo que les provoca lesiones músculo-esqueléticas que derivan en bajas por enfermedad, un extremo en el que coincide el secretario de Salud Laboral de CCOO, Pedro Linares, quien explica la ausencia de datos concretos de afectados.

"No hay una estadística oficial, los sindicatos sólo pueden conocer los casos que se judicializan y muchos de los afectados no demandan", porque el despido por enfermar está amparado por la Ley, señala Linares en declaraciones a Efe.

Sólo en las empresas de limpieza, el absentismo laboral ha aumentado un 91 % en los últimos cinco años, pasando de 14.136 trabajadores en 2013 a 27.107 de 2018, según datos de la patronal del sector Aspel.

La eliminación total del artículo 52.d "posiblemente sea la mejor opción", consideran los sindicatos, mientras que desde la CEOE, a su presidente, Antonio Garamendi, le sorprendió la "urgencia" de un tema que lleva 40 años en vigor y nadie había planteado.

Fuente: Consejo General de Graduados Sociales de España