Empresas y autónomos podrán aplazar hasta 30.000 euros el pago de impuestos durante seis meses.
Por el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, aprobado en reunión extraordinaria del Consejo de Ministros celebrada el día 12 de marzo del año en curso, en el capítulo IV del mismo, se aprueban medidas de apoyo financiero transitorio para las PYMES y autónomos.
1. Estas medidas consisten, en la flexibilización en la concesión de aplazamientos de deudas tributarias siempre y cuando el deudor sea persona o entidad con volumen no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019. Por tanto, se excluyen las grandes empresas.
2. Este aplazamiento no fraccionamiento será aplicable a las siguientes deudas tributarias a las que hacen referencia las letras b), f) y g) del artículo 65.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, que hasta el momento eran inaplazables.
Retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas de trabajadores, profesionales y otras actividades económicas. |
Modelo 111 |
Retenciones e ingresos a cuenta sobre arrendamiento de inmuebles urbanos. |
Modelo 115 |
Retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas de capitales. |
Modelo 123 |
Pago fraccionado del IRPF para empresarios en estimación directa. |
Modelo 130 |
Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades |
Modelo 202 |
Declaración – Autoliquidación de IVA |
Modelo 303 |
3. Siempre y cuando las solicitudes presentadas hasta esa fecha reúnan los requisitos a los que se refiere el artículo 82.2.a) de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, es decir, se podrá solicitar aplazamiento de las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones trimestrales que presenten los contribuyentes PYMES y autónomos por deudas de cuantía inferior a 30.000 euros.
4. Las condiciones del aplazamiento serán las siguientes:
- El plazo será de seis meses.
- No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.
Cualquier duda pueden consultarla con nuestro departamento mercantil y gestión contable-fiscal, Malena Rosselló, tel. 902 100 971 ext. 60 E-mail: malenarossello@csedano.com.