- Los notarios podrán prestar servicios online por primera vez en la historia gracias a la Ley de transposición de directivas de la UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales, según ha informado en un comunicado el Consejo General del Notariado.
En un plazo de seis meses, los ciudadanos y empresas podrán realizar online "numerosos actos y contratos" ante el notario que elijan sin necesidad de desplazarse, pero con la misma seguridad jurídica que cuando se acude a notaría, han asegurado desde el Consejo.
La autorización y firma de documentos se llevará a cabo en sede electrónica notarial mediante el uso de videoconferencia y firma electrónica cualificada.
El Consejo General del Notariado calcula que se podrían llegar a autorizar y firmar por vía online más de 3.200.000 documentos notariales al año.
Entre los escritos que se podrán firmar de forma online están los actos societarios, pólizas mercantiles, diversos tipos de poderes notariales, cartas de pago, cancelación de garantías, testimonios de legitimación, los testamentos en situación de epidemia y en algunos casos conciliaciones y actos y negocios jurídicos, entre otros.
El presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz, ha informado que la seguridad jurídica la aportará siempre la intervención notarial.
Además, Martínez ha recalcado que el medio online será solo una "vía alternativa" y que, por el momento, los actos y negocios que se podrán autorizar a distancia serán fundamentalmente los unilaterales y aquellos en los que se considera que la presencia física puede ser sustituida por la electrónica.
Los notarios, con esta nueva normativa, también podrán entregar copias electrónicas autorizadas de los documentos notariales a ciudadanos y empresas. Hasta su aprobación solo podía hacerse en determinados casos.
Desde el Consejo calculan que se podría llegar a los 17 millones de copias electrónicas al año, con el consiguiente ahorro en tiempo de desplazamiento y papel.
Otra de las novedades es la puesta en marcha del protocolo electrónico notarial, lo que permitirá una "mayor agilidad" en la transmisión de información a las administraciones, particulares y empresas.
También se podrán constituir sociedades limitadas ante notario vía online. En este aspecto, la Directiva europea recomienda mantener los sistemas jurídicos de cada país y que, donde se constituyan las sociedades ante notario, se mantenga un modelo "seguro y ágil" que permita la lucha contra el blanqueo y el fraude.
Fuente: EuropaPress