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LA SEGURIDAD SOCIAL ESTIMA EN UNOS 5.900 MILLONES EL COSTE DE LAS BAJAS LABORALES EN 2016

21 marzo 2017
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La cuantía de la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes superó lo presupuestado el pasado año

La prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes -enfermedad común o accidente no laboral- durante 2016 tuvo un coste para la Seguridad Social de 5.900 millones de euros, entre las mutuas colaboradoras y las entidades gestoras del sistema público.

Así se desprende de la respuesta ofrecida por el Gobierno a los diputados de Ciudadanos Sergio del Campo, José Cano Fuster y Saúl Ramírez, que el pasado mes de diciembre preguntaron por el coste de las bajas laborales.

Estos 5.900 millones suponen un desvío de aproximadamente 500 millones en el dinero presupuestado por la Seguridad Social para esta contingencia, que en 2016 estaba cifrado en algo más de 5.400 millones de euros.

La formación naranja había preguntado por la evolución de este gasto y el seguimiento del mismo realizado por el Gobierno, así como las medidas que contemplaba para reducir el absentismo laboral, a lo que el Ejecutivo ha respondido con las medidas llevadas a cabo en los últimos años.

Control de las mutuas

Respecto a esta última cuestión, señala el Gobierno, el decreto 625/2014 establece protocolos de temporalidad de los actos médicos de confirmación de la baja a partir del cual se asigna el plazo estimado de duración del proceso.

En su respuesta, recogida por Europa Press, el Gobierno también alude a la modificación de la Ley General de la Seguridad Social de diciembre de 2014, que amplió la capacidad de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en la gestión de las bajas laborales.

A partir de ese cambio normativo, las mutuas tienen la posibilidad de llevar a cabo el control y seguimiento de la prestación económica a partir del mismo día de la baja médica, comprobando la concurrencia de los hechos que originaron la baja, los exámenes y reconocimientos médicos.

En este sentido, pueden proponer el alta médica a través de sus propios facultativos a la Inspección Médica de los Servicios Públicos de Salud, que debe pronunciarse acerca de la propuesta de alta en un plazo máximo de cinco días hábiles.

Por otra parte, las mutuas tienen la posibilidad de realizar pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y rehabilitadores, poniendo los resultados de estos exámenes a disposición del médico del Servicio Público de Salud.

Fuente: Cinco Días

©asesoria@csedano.com 

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