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EL TRIBUNAL SUPREMO AVALA LAS DENUNCIAS ANÓNIMAS PARA COMBATIR EL FRAUDE INTERNO DE LAS EMPRESAS

13 febrero 2020
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  • El fallo condena a tres empleados, de uno de los grupos, que defraudaban a la compañía
  • Los magistrados apuestan por que se proteja en España a los denunciantes

El Tribunal Supremo avala el uso de denuncias anónimas para poner en conocimiento de los responsables de la empresa de la existencia de prácticas delictivas y que se inicie una investigación interna, sin que sea necesario identificar al autor.

Así, lo establece el Alto Tribunal en una sentencia, de 6 de febrero de 2020, en la que recuerda que el 'canal de denuncias interno' ha sido incluido en la reciente directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, que protege a las personas que informan sobre infracciones del derecho de la Unión.

El ponente aboga porque se refuerce la protección del denunciante anónimo y el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión

El ponente, el magistrado Magro Servet, razona en esta sentencia, que la Directiva europea se justifica al constatar que los informantes, o denunciantes, son el cauce más importante para descubrir delitos de fraude cometidos en el seno de organizaciones; y la principal razón por la que personas que tienen conocimiento de prácticas delictivas en su empresa, o entidad pública, no proceden a denunciar, es fundamentalmente porque no se sienten suficientemente protegidos contra posibles represalias provenientes del los denunciados.

Libertad de expresión

Por ello, el ponente aboga porque se refuerce la protección del denunciante anónimo y el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión e información reconocida en los artículos 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, y así aumentar su actuación en el descubrimiento de prácticas ilícitas o delictivas, como en este caso ocurrió y propició la investigación policial y el descubrimiento de los hechos.

Destaca, por ello, que la implantación de este canal de denuncias, forma parte integrante de las necesidades del programa de cumplimiento normativo ('compliance'), ya que con el canal de denuncias quien pretenda, o planee, llevar a cabo irregularidades conocerá que desde su entorno más directo puede producirse una denuncia anónima que determinará la apertura de una investigación que cercene de inmediato la misma.

Beatriz Saura: "¿Qué es más importante, enterarte de lo que pasa en tu casa por la prensa, por los tribunales o internamente por tu propia empresa?"

Beatriz Saura, socia directora de Saura Legal, explica a elEconomista que "el canal de denuncia es lo más importante del cumplimiento normativo ('compliance'). ¿Qué es más importante, enterarte de lo que pasa en tu casa por la prensa, por los tribunales o internamente por por tu propia empresa?".

Magro Servet razona que estas actividades delictivas perjudican a la empresa y, al final, a los propios trabajadores, puesto que el volumen de la irregularidad puede poner en riesgo hasta sus propios puestos de trabajo.

Sin embargo, destaca la importancia de actuar por el propio sentimiento de necesidad de la honradez profesional para evitar las actividades delictivas, o las meras irregularidades en el seno de la empresa, "circunstancia que de haber existido en este caso hubiera cortado la comisión de estos hechos, aunque sin que por su ausencia, por falta de medidas de autoprotección, derive en una exención de responsabilidad penal, como se propone en este caso por el recurrente."

En el caso en litigio, tres trabajadores de una empresa de transformación de chatarra en acero se pusieron de acuerdo para elevar el nivel de 'estériles' -sin valor- que llegaban con el material a clasificar, por lo que la empresa llegó a soportar un un fraude tasado en la responsabilidad civil de 456.340 euros, en el caso de un grupo de condenados, y otra de 340.651 euros, en otro grupo.

Fuente: Consejo General de Graduados Sociales de España

 

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