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EL GOBIERNO DA SEIS MESES A LAS EMPRESAS PARA ADAPTAR EL REGISTRO SALARIAL

13 octubre 2020
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El Ejecutivo tiene previsto aprobar en el Consejo de Ministros esta norma que regula también qué compañías estarán obligadas a hacer auditorías retributivas

El Consejo de Ministros de hoy tiene previsto aprobar dos reglamentos, a través de sendos Reales Decretos, que desarrollan dos obligaciones empresariales: garantizar la igualdad retributiva entre hombres y mujeres y elaborar y registrar los planes de igualdad (en las compañías a las que se lo exige la ley). La nueva reglamentación en materia salarial detalla, entre otras cosas, cómo evaluar los puestos de trabajo, cómo deberán ser los registros salariales en las empresas y qué consecuencias tendrá no tenerlos o incurrir en desigualdad salarial.

Las empresas tendrán seis meses, previsiblemente hasta abril, para adaptar los registros salariales ya obligatorios en la ley a estos detalles reglamentarios, ya que entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que se prevé inmediata. Es lo que se conoce como vacatio legis, en este caso de seis meses, para adaptar los registros y culminar así su contenido.

Mientras que el segundo reglamento, sobre los planes de igualdad, –que entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE– explica en detalle el procedimiento para su negociación y registro y cuál será a partir de ahora el contenido mínimo de estos planes ya sea obligatorio o voluntario.

Esta nueva normativa no cuenta con el respaldo de los empresarios que tendrán que implantarla, ya que se deriva de un acuerdo alcanzado en julio pasado entre los ministerios de Trabajo e Igualdad y los sindicatos, al que no quisieron sumarse las organizaciones empresariales.

Fuente: Consejo General de Graduados Sociales de España

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