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APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO EN LAS ILLES BALEARS

25 mayo 2018
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 Se creará el IBASSAL, organismo autónomo cuyos objetivos serán reducir la siniestralidad y detectar y estudiar enfermedades profesionales
En sus órganos de dirección participarán la CAIB y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas 
 
El Consell de Govern, a propuesta de la Conselleria de Trabajo, Comercio e Industria, ha aprobado el Proyecto de ley de promoción de la seguridad y la salud en el trabajo en las Illes Balears, una norma que tiene como objetivos establecer el marco de actuación que posibilite la reducción de los índices de siniestralidad en el trabajo en el ámbito de la comunidad autónoma, mediante la adopción de un conjunto de medidas dirigidas a la sensibilización, la formación y la promoción de la seguridad y la salud laboral.

Asimismo, el Proyecto de ley, que será remitido al Parlament de les Illes Balears para su tramitación, establece el desarrollo y el régimen jurídico del Instituto Balear de la Seguridad y la Salud Laboral (IBASSAL) como organismo autónomo con personalidad jurídica propia. El IBASSAL se configura como órgano científico y técnico en materia de prevención de riesgos laborales de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.

El nuevo organismo autónomo tiene el doble propósito de contribuir a la reducción de la siniestralidad y al estudio de las enfermedades profesionales que actualmente pasan desapercibidas como contingencias comunes.

El IBASSAL llevará a cabo una actividad preventiva y hará su seguimiento; asimismo, asesorará, colaborará y prestará apoyo técnico y pericial en la materia. El instituto también ejecutará planes y programas de prevención, coordinará las competencias en salud y salud laboral, y promocionará la igualdad entre mujeres y hombres en la prevención.

Organización del IBASSAL

Este instituto está integrado por una presidencia, una vicepresidencia y una dirección, como órganos unipersonales; también, por el Consejo de Dirección y el Consejo Rector de Salud Laboral, como órganos colegiados. Se crea también la Unidad de Enfermedades Profesionales, que llevará a cabo actividades de investigación, estudio y control de enfermedades profesionales, y que cumplirá las funciones de órgano de asesoramiento.

Está previsto que en el Consejo de Dirección, órgano superior colegiado, participen dos representantes de las organizaciones más representativas en el ámbito sindical y empresarial de la comunidad autónoma de las Illes Balears, además de representantes de la CAIB.

Con respecto al Consejo Rector de Salud Laboral, será un órgano de participación tripartito y paritario, representado por las administraciones y los agentes económicos y sociales más significativos de las islas. Este órgano asesor, consultivo y de participación estará compuesto por representantes de la CAIB; de los consejos insulares de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera; un representante de la FELIB; doce integrantes de las organizaciones sindicales más representativas, y otros doce de las organizaciones empresariales más importantes del territorio.

La presidencia de este organismo recaerá en la persona titular de la consejería competente en materia de trabajo, y la vicepresidencia, en la persona titular de la consejería competente en materia de salud.

Medidas de promoción de la sensibilización y fomento de la formación en seguridad y salud

El Proyecto de ley también desarrolla medidas para promover la sensibilización sobre los valores de la seguridad y la salud en el trabajo, como la promoción y divulgación de valores relativos a la seguridad y salud en el trabajo en la educación, campañas públicas de sensibilización que utilicen los medios de difusión necesarios para favorecer la integración de la prevención de riesgos laborales como hábito social, y acciones promocionales que fomenten la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

Con respecto a las medidas para el fomento de la formación en seguridad y salud en el trabajo, se prevé la incorporación de contenidos relativos a la prevención de riesgos laborales en la enseñanza de régimen general, como educación infantil y básica, formación profesional, enseñanza universitaria, educación de personas adultas y formación del profesorado.

También, como novedad, se introducen medidas de promoción de la seguridad y la salud en materia de subvenciones públicas y contratación administrativa. Así, se propone la exigencia de que, en la declaración del personal técnico o las unidades técnicas de que disponen las empresas para la ejecución del contrato, se haga una mención específica al personal que tiene que ejercer funciones en materia de riesgos laborales.

Asimismo, se establece como requisito para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria disponer de un sistema de gestión preventivo y no haber sido sancionado en los últimos tres años por materias relacionadas con la prevención de riesgos laborales. Finalmente, se establece la acreditación de la solvencia técnica en determinados contratos y condiciones especiales de ejecución.

Fuente: Govern de les Illes Balears

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