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APROBADO EL CALENDARIO DE DÍAS FESTIVOS PARA EL AÑO 2016 EN LAS ISLAS BALEARES

13 abril 2015
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El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consellería de Economía y Competitividad, ha aprobado el calendario de días festivos para el año 2016, de conformidad con lo dispuesto en la normativa nacional y autonómica vigente. El acuerdo se ha adoptado en base a la propuesta debatida y consensuada con las organizaciones sindicales y empresariales de la Mesa Social Tripartita, de la que salió por unanimidad.

El calendario se ha establecido atendiendo al límite anual de 14 días festivos al año y la posibilidad de las comunidades autónomas fijar las fiestas que por tradición les sean propias. Por ello, se pueden sustituir las de ámbito nacional no obligatorias y en todo caso todas las de ámbito nacional obligatorias que coincidan en domingo pueden trasladarse al lunes siguiente o sustituirse por una fiesta tradicional autonómica.

Se han fijado 12 fiestas de ámbito autonómico, 9 de las cuales son fiesta nacional obligatoria, y tres han sido acordadas por el Gobierno y los agentes sociales. Cada ayuntamiento fijará las dos fiestas restantes, que serán de ámbito local.

La aprobación definitiva del calendario laboral para el año 2016 en el mes de abril de 2015 supone facilitar a entidades públicas y privadas su organización con amplia antelación.

La propuesta de fiestas de 2016 de ámbito autonómico concertada por la Mesa Social Tripartita como propuesta aprobada por el Consejo de Gobierno, es la siguiente:

.1 de enero, el viernes

 

.6 de enero (Epifanía del Señor), miércoles

 

.1 de marzo (Día de las Islas Baleares), martes

 

.24 de marzo (Jueves Santo), jueves

 

.25 de marzo (Viernes Santo),  viernes

 

.28 de marzo (Lunes de Pascua), lunes

 

.15 de agosto (Asunción de María), lunes

 

.12 de octubre (Fiesta Nacional), miércoles

 

.1 de noviembre (Día de Todos los Santos), martes

 

.6 de diciembre (Día de la Constitución), martes

 

.8 de diciembre (Inmaculada Concepción), jueves

 

.26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad y segunda fiesta), lunes

 

Fuente: Consell de Govern 

 

 

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