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ACUERDO PROVISIONAL DIRECTIVA CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR Y PROFESIONAL

29 enero 2019
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El Parlamento, el Consejo y la Comisión Europea alcanzaron el pasado jueves, 24 de enero, un acuerdo provisional sobre la propuesta de la Comisión Europea de una nueva Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

El acuerdo provisional alcanzado:

o   Establece una norma mínima europea de diez días de permiso de paternidad para los padres o segundos progenitores tras el nacimiento de un hijo, que se compensará al nivel de la baja por enfermedad, sujeto a cualquier límite establecido en la legislación nacional. El derecho a la licencia de paternidad no estará sujeto a un requisito de servicio anterior, sin embargo, los estados miembros tienen cierta flexibilidad, ya que pueden exigir una prestación laboral previa de seis meses para el pago de esta licencia.

También se proporciona flexibilidad a los estados miembros a través de la inclusión de una cláusula pasarela, que permite a aquéllos con sistemas de permisos parentales más generosos mantener sus acuerdos nacionales actuales y no implementar las disposiciones de permiso de paternidad. Sin embargo, los detalles de lo que se entiende por "generoso" aún no están claros.

o   Refuerza el derecho existente a cuatro meses de permiso parental, estableciendo que dos meses no sean transferibles entre los progenitores e introduciendo una compensación para estos dos meses a un nivel que determinarán los Estados miembros. Por lo tanto, la parte no transferible no es tan larga como solicitó el Parlamento Europeo y, lo que es más importante, el nivel de pago debe ser establecido por los estados miembros.

o   Contempla las disposiciones europeas en materia de permiso para cuidadores, mediante la asignación de cinco días por trabajador y año como nuevo derecho europeo para los trabajadores que cuidan a familiares que necesitan atención o apoyo debido a razones médicas graves. Se proporciona cierta flexibilidad a los estados miembros, ya que pueden usar un período de referencia diferente y pueden introducir condiciones adicionales para el ejercicio de este derecho. Tendremos que comprobar exactamente cuáles son estas condiciones.

o   Fortalece el derecho de todos los progenitores y cuidadores a solicitar fórmulas de trabajo flexible. Tendremos que ver la redacción final para poder evaluar su impacto.

El Comité de Representantes Permanentes de los Gobiernos de los Estados miembros (COREPER) aún debe aprobar el texto y luego tendrá que celebrarse una votación formal en el Consejo y el Parlamento Europeo, como pronto el 11 de marzo.

Fuente: Confederación Española de Organizaciones Empresariasles (CEOE)

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