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TRABAJO ORDENA A LOS INSPECTORES EVITAR ‘ENRIQUECIMIENTOS INJUSTOS’ EN LOS ERTE

8 julio 2020
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CIRCULAR DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO/ Reclama a los inspectores que se aseguren de que el empresario justifica debidamente la causa de fuerza mayor y no defrauda al erario público.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha lanzado desde mayo una ofensiva sobre 30.000 empresas, para luchar contra el fraude en los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE). Y, con este fin, el Organismo Estatal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pide a sus funcionarios que se muestren muy estrictos con la causa que esgrime el empresario para justificar el expediente de fuerza mayor, derivado del coronavirus.

En una circular de la Inspección, a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, Trabajo alerta a sus funcionarios de que si no hay causas suficientes para el ERTE, “se provocaría un enriquecimiento injusto del empresario y un perjuicio, tanto para el trabajador, como para el erario público”.

El objetivo de la circular es que tanto la Dirección Especial [en el Organismo Estatal] como las Inspecciones Provinciales aborden de forma homogénea las actuaciones e inspecciones en los ERTE por fuerza mayor, por las consecuencias del coronavirus.

Así, Trabajo subraya que “es necesario [que la empresa] motive, justifique y acredite las circunstancias invocadas [para el ERTE]. Tanto más cuanto la apreciación de la fuerza mayor dependa de conceptos jurídicos indeterminados”. Trabajo considera así explicaciones que puedan dar las empresas para justificar un ERTE por fuerza mayor, como las siguientes: “Falta de suministros que impidan gravemente(…)”; “restricciones en el transporte público y… de la movilidad de las personas que queden debidamente acreditadas”.

La carga del salario

De hecho, la circular subraya a los inspectores que “no puede olvidarse que el ERTE por fuerza mayor persigue liberar al empresario de la carga de abonar el salario, cuando la prestación laboral deviene imposible por un hecho externo al círculo de la empresa, imprevisible o, en todo caso, inevitable”.

Por lo tanto, la inspección deja claro que el empresario tiene que justificar claramente que no puede seguir trabajando de ninguna manera, de una forma parcial o total. Y que tiene que ser por una causa que proceda de fuera de la empresa. Si no es así, Trabajo dice lo siguiente: “Por tanto, cuando el empresario no tiene una merma de ingresos como consecuencia del hecho externo, no procede la apreciación de fuerza mayor, pues ello provocaría un enriquecimiento injusto del empresario y un perjuicio, tanto para el trabajador, como para el erario público”. La campaña que ha puesto en marcha Trabajo contra el fraude en los ERTE dice lo siguiente: “Proteger los recursos públicos y velar por su correcta utilización es responsabilidad de todas y todos”. En este punto, Trabajo recuerda que en el Real Decreto-ley 8/2020, del 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del coronavirus, se da preferencia al teletrabajo para poder mantener la actividad de la empresa. Es decir, que la compañía debe hacer lo necesario para mantener la actividad, incluyendo el trabajo a distancia, lo que reduce el alcance del ERTE. Y, por lo tanto, las ayudas del Gobierno a la sociedad son menos onerosas para la Seguridad Social.

Por esta razón, Trabajo dice a los inspectores: “Resulta necesario que la actuación [del inspector en la empresa] no sólo se centre en la apreciación de la fuerza mayor, sino [también] en la constatación de que no existe fraude [por parte de la empresa]. Bien porque no se haya producido un cese real de la actividad, bien porque se incluyen trabajadores que no deberían estarlo, o bien por cualquier otra causa”.

Fuente: Expansión Pro-Orbyt 

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