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SANCIONADA UNA EMPRESA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS POR NO CONTAR CON UN PLAN PROPIO

3 junio 2020
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Los empleados tampoco disponían de EPIs ni de reconocimientos médicos. El tribunal fija una multa de casi 25.000 euros

Como reza el dicho, consejos vendo que para mí no tengo. Esta bien podría ser la conclusión de una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Islas Baleares en la que sanciona a una empresa especializada en prevención de riesgos por haber incumplido sus obligaciones en esta materia.

En su sentencia, el TSJ afea a la compañía la comisión de hasta tres infracciones graves de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). En primer lugar, la falta de un plan en el que se analicen los peligros a los que pudieran estar expuestos los trabajadores y se fijaran medidas para eliminar o reducirlos. En segundo lugar, la ausencia de reconocimientos médicos a la plantilla; y, por último, haberse negado a entregar equipos de protección individual (EPIs) adecuados. 

Nuestro ordenamiento castiga cada una de estas infracciones con más de 8.000 euros, por lo que la multa total es de 24.600 euros.

Fuente: Consejo General de Graduados Sociales de España

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